A025 (Enmienda al Canon IV.13.4)

Cámara de Diputados Mensaje #140

La Cámara de Diputados inform a la Cámara de Obispos que el 25 de Jun de 2024 consideró la resolución A025 (Enmienda al Canon IV.13.4). La Cámara actuó para:

Remitir a un Organismo Provisional


Se resuelve, con la aprobación de la Cámara de Obispos,

Que la 81ª Convención General enmiende el Canon IV. 13. 4 de la siguiente manera:

<Texto enmendado tal y como aparecería si se adoptara y concurriera. Vea la versión que muestra todo el texto eliminado y añadido debajo de la línea de asteriscos (******).>

Sec. 4. Si en algún momento después de que un asunto haya sido remitido a un Panel de Audiencias se llega a un Acuerdo que finalice el procedimiento antes de que el Panel de Audiencias emita una Orden, dicho Panel debe dar su consentimiento, y de aprobarlo, el Obispo Diocesano pondrá el Aviso de Acuerdo a disposición de la Iglesia y sus medios como se dispone en la Sección 3, así como también del Panel de Audiencias.

 

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<Texto enmendado que se propone para la resolución, donde se muestran los cambios exactos que se están haciendo:>

Sec. 4. Si en algún momento después de que un asunto haya sido remitido a un Panel de Audiencias se llega a un Acuerdo que finalice el procedimiento antes de que el Panel de Audiencias emita una Orden, dicho Panel debe dar su consentimiento para el Acuerdo, y de aprobarlo, el Obispo Diocesano pondrá el Aviso de Acuerdo a disposición de la Iglesia y sus medios como se dispone en la Sección 3, así como también del Panel de Audiencias.